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15/6/12

IBI impuesto MH KΛEΨHC (no robaras)

Un amigo mio me ha mandado un ejemplo más de como robar a los ciudadanos... Sin añadir comentarios, lo transcribo tal cual.

MH  KΛEΨHC (no robaras)

Vaya pájaros tenemos desde la implantación de la “Constitución del  78” y la creación del (impuesto sobre bienes inmuebles) I.B.I., con el objetivo de dar autonomía al ayuntamiento de Rosas, además del resto de ayuntamientos de la península.
Y digo pájaros, porque supongo que no sabían que los ibis eran pájaros, y que los egiptólogos, asocian el ibis al dios “Thot” (Θωθ)… Quizás por eso, la intuición de los roséenses hizo que a este impuesto, se le llamara muy pronto ibi, que es sonoramente  muy parecido al pájaro ibis, que hacía referencia al dios “Thot” (dios de la escritura e inventor de todas las palabras).

Quizás sin saberlo, los pájaros se pusieron a rellenar de escritos el BOE y nos ilustraron una forma diferente de como calcular el nuevo impuesto, es decir, la base del cálculo del IBI dejó de ser sobre la renta o presunta renta, (como se había hecho hasta entonces en los impuestos) para basarse en el valor catastral y así cobrar dos veces (una, cuando se genera la renta y otra, cuando el sobrante de renta que se ahorra se transforma en vivienda). Olvidándose  de los “amillaramientos” de hace casi dos siglos y que tenía como base para el cálculo del impuesto: la renta o presunto rendimiento de un bien.

Ahora, si un roséense consigue  ahorrar y disponer de una vivienda (bien inmueble), y que según la “Constitución” tendría que tener derecho a disfrutar (artículo 47)… puede comprobar que se toma como base el valor de su vivienda para calcular el impuesto del ibi y por disfrutar de su vivienda, tendrá que pagar cada año.
Si no se gasta toda la renta, le volverán a grabar ésta si la destina al disfrute de su vivienda, es decir, si un roséense no paga el IBI de su vivienda, deberá olvidarse de su derecho a disfrutar de la vivienda según esta escrito en el artículo 47 de la “Constitución”, pues, el ayuntamiento de Rosas podría embargar la vivienda y echarle a la calle.

En Rosas nos cuesta olvidar de que hay muchos pájaros y que el robo legalizado a través de la promulgación de leyes, no deja de ser un robo… En algunos barrios de Rosas ya hemos sufridos varios intentos de expolio por parte de las administraciones públicas. Y cada año que pasa vemos como la mayoría de nuestros políticos, son los primeros en admitir y convivir con estas leyes, (son ellos los que las han promulgado desde el parlamento y las hacen cumplir a través de los diferentes organismos públicos).

Difícilmente estos pájaros, responsables en su mayoría de estas leyes,  se les puede considerar  un ejemplo a seguir en el cumplimiento de uno de los mandamientos que Jesús nos transmitió: MH  KΛEΨHC (no robaras) Mc (10,19b).
 Y si no… Que nos expliquen y argumenten que no es un robo que exista un impuesto anual por ejercer un derecho constitucional (el artículo 47 de la “Constitucional del 78”).

Pd.  Artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Pd. ¿Saben quién solicito años atrás la revisión del valor catastral para seguir aumentando los ingresos de nuestro ayuntamiento de Rosas? y ¿quiénes han revisado el plan urbanístico?. ¿Tendremos pájaros también en casa?.

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